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CIUDAD DE MÉXICO, 2 de mayo de 2024.- Luego de presentar argumentos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para establecer que no existe excepción alguna a la inviolabilidad de la inmunidad de las embajadas, la Cancillería mexicana señaló que Ecuador pretende justificar la irrupción violenta a la Embajada de México en Quito bajo el argumento de que México supuestamente abusó de la figura del asilo político al otorgarlo ilícitamente a Jorge Glas y, por consiguiente, utilizó de manera indebida sus locales diplomáticos. Rechazó los alegatos orales que Ecuador tuvo oportunidad de presentar el 1 de mayo, en donde intentó cuestionar los argumentos ofrecidos por la delegación mexicana. «En particular al señalar que México no había recurrido a la negociación para solucionar la controversia suscitada después de la irrupción por parte de sus fuerzas de seguridad. Caracterizó dicha irrupción como un “acto excepcional”, reconociendo que existe una obligación de no ingresar a una embajada sin permiso», condenó la Cancillería. La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que en el contexto de estas audiencias, Ecuador presentó ante la CIJ una solicitud de inicio de procedimientos contra México por supuestas violaciones al otorgar asilo político a Jorge Glas. México rechazó terminantemente tales alegaciones. “El asilo político es una figura de protección a personas cuya vida, integridad personal y libertad se encuentran en riesgo. Es también un derecho humano de la persona que lo solicita y un derecho soberano del Estado que lo concede. Pero, sobre todo, es una institución con una clara vocación humanista y pacífica, que no puede considerarse como inamistosa entre Estados”, señaló la Cancillería. Advirtió que no existe excepción alguna a la inviolabilidad diplomática, y que Ecuador pudo haber intentado resolver un diferendo sobre asilo político pacíficamente y sin recurrir a la violencia; por ejemplo, presentando una demanda ante la Corte Internacional de Justicia de manera previa, no una vez violentada la inmunidad de nuestra embajada para sustraer a una persona asilada. Ecuador refirió que México se precipitó a la CIJ después de la irrupción de su embajada en Quito. México señaló que Ecuador fue quien se precipitó al invadir el local diplomático cuando pudo haber recurrido al diálogo diplomático y a medios pacíficos para solucionar cualquier controversia sobre el otorgamiento de asilo político a Jorge Glas. México establece que de ninguna manera el alegado agravio invocado por Ecuador respecto al otorgamiento de asilo a una persona que teme por su vida es equiparable al agravio sufrido por México por la reprobable incursión violenta a su embajada y al atentado contra la integridad física y la dignidad de nuestro personal diplomático, en contravención del derecho internacional y de las normas mínimas de convivencia entre las naciones. El pasado 30 de abril, la delegación mexicana presentó los alegatos orales, los cuales versaron sobre los siguientes puntos: la existencia de jurisdicción para que la Corte pueda dictar las medidas solicitadas; la existencia de derechos a favor de México, reconocidos en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, específicamente sobre el derecho de que los locales diplomáticos, así como sus bienes, archivos y documentos, gocen de inviolabilidad y Ecuador garantice su seguridad y protección; y la urgencia de dictar las medidas, ya que existe un riesgo inminente de un daño irreparable a los derechos de México, toda vez que Ecuador (1) generó un ambiente de desconfianza en toda la región; (2) ha mostrado una continua falta de buena fe para cumplir con sus obligaciones internacionales; y (3) no ha proporcionado a México garantías suficientes de que cumplirá con sus obligaciones internacionales. La delegación mexicana, encabezada por el consultor jurídico Alejandro Celorio Alcántara, estuvo conformada en su totalidad por personas servidoras públicas. Entre ellas personas del Servicio Exterior Mexicano con amplia experiencia en litigios internacionales, incluidos los entablados en contra de la negligencia comercial que facilita el tráfico ilícito de armas a México. Se espera que la Corte Internacional de Justicia conduzca sus deliberaciones para decidir, en las próximas semanas, si impone medidas provisionales obligando a Ecuador a tomar las disposiciones necesarias para proteger a la Embajada de México, sus propiedades y sus archivos.