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MÉXICO, D.F., a 07 de enero de 2015.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el convenio general de coordinación celebrado entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, para que las elecciones locales en dicha entidad se realicen el tercer domingo de julio de 2015 y no el 7 de junio, fecha en que tendrán lugar la jornada electoral federal.
Por unanimidad, los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, en el que se estableció que no le asiste la razón al Partido de la Revolución Democrática (PRD) que pretendía la inaplicación de los artículos 17, párrafo primero, y 19, párrafo primero de la Constitución de Chiapas, así como del diverso 42 del Código Electoral Local para que los comicios locales se realizaran en la misma fecha que los federales.
Sin embargo, en el proyecto se indica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 2 de octubre de 2014, estableció que la invalidez de tales disposiciones surtirán efectos una vez que culmine el proceso electoral de 2014-2015 en esa entidad federativa, para tutelar el principio rector de certeza.
Se resolvieron asuntos relacionados con la afiliación de militantes del PAN
Por otro lado, la Sala Superior ordenó al Registro Nacional de Militantes del Partido Acción Nacional (PAN) que otorgue a más de 200 ciudadanas y ciudadanos de Michoacán, la calidad de militantes puesto que se comprobó que transcurrieron más de 60 días en que los aspirantes habían solicitado que se les reconociera con dicha calidad, sin que la instancia intrapartidista se pronunciara al respecto.
La Magistrada y los Magistrados determinaron revocar la resolución emitida por la Sala Regional Toluca del TEPJF quien declaró infundada la queja.
Por ello, se ordenó al órgano partidista que otorgue la militancia a los aspirantes, salvo que advierta alguna circunstancia que actualice la improcedencia de ésta o que se incumpla algún requisito previsto para tal fin.
Por otro parte, el Pleno ordenó a la Comisión de Afiliación del Consejo Nacional del PAN que se pronuncie respecto de la inconformidad presentada, el 7 de noviembre de 2014, por Juan Carlos Espina Von Roehrich, militante del blanquiazul en Puebla, en contra la presunta afiliación masiva de 22 mil cincuenta y cuatro personas en dicha entidad. Lo anterior, debido a que no hay constancia de que el órgano partidista haya realizado una actuación al respecto.
Se confirma la convocatoria para la selección de candidatos a diputados federales del PRI
En otro asunto, el Pleno confirmó la convocatoria para el proceso interno de selección de candidatos que habrá de postular el Partido Revolucionario Institucional (PRI), como diputados federales por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal del año en curso.
Los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López, en el que se propuso desestimar los agravios presentados por Pedro Compañ Columna, militante y aspirante a precandidato a diputado federal por el partido tricolor, en contra de la convocatoria emitida por el Comité Ejecutivo Nacional, el 21 de diciembre de 2014.
Lo anterior, debido a que los procedimientos para la selección de candidatos de dicho instituto político no son considerados arbitrarios, ya que la implementación de los exámenes permite elegir a los aspirantes que encuentren en la posición más idónea para garantizar resultados más favorables, además que es acorde a los principio de autoorganización de dicho instituto político.
Durante la sesión pública, el Pleno resolvió 7 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 4 juicios de revisión constitucional electoral, 8 recursos de apelación, 216 recursos de reconsideración y 1 recurso de revisión del procedimiento especial sancionador que hacen un total de 236 medios de impugnación.