Exigen auditoría al líder del PAN en Guerrero por deuda millonaria
TUXTLA GUTIERREZ, Chis., a 1 de marzo de 2011.- Perredistas chiapanecos impugnaron ante la comisión de garantías del Comité Nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), la dirigencia estatal que preside Ángel Córdova Toledo, quien fue designado durante un Consejo estatal que no cumplió con diversas disposiciones que establecen los estatutos.
Algunos de los fundadores del PRD en el estado, y compañeros dirigentes sociales y políticos, manifestamos públicamente nuestro rechazo a lo que consideramos un acto injerencista violatorio de nuestros estatutos, señala la carta enviada por Jorge Moscoso Pedrero, a la Comisión Nacional de Garantías del PRD.
En el texto, Jorge Moscoso narra que fue a través de los medios de comunicación como se dio a conocer la renuncia de Alejandro Gamboa López, al cargo de presidente del PRD, el cual sería substituido por Ángel Córdova Toledo, quien a su vez fue electo en fechas festivas en una sesión de consejo estatal extraordinario.
En la sesión del Consejo, donde Alejandro Gamboa López, presentó una licencia por tiempo indefinido, se nombró como delegados del PRD Nacional, a Ángel Córdova Toledo y Ulises Castañeda, quienes en los hechos fungen como Presidente y Secretario General del PRD en el estado de Chiapas, no fueron cumplidas diversas disposiciones que rigen a los pleno extraordinarios de los Consejos, la cual establece:
Que la Comisión Política Nacional y Comités Ejecutivos, el órgano podrán reunirse cuarenta y ocho horas después de expedida la convocatoria, pero no podrá abordar más asuntos que para los que fue convocado.
Sin embargo, dos días antes del 29, o sea el lunes 27 de diciembre de 2010, en un medio local se publicó la convocatoria para la celebración del VII Consejo Estatal, con el mismo orden del día establecido en la convocatoria del día 23 de diciembre que también publicaron los medios de comunicación, indicó Moscoso Pedrero.
En su queja Jorge Moscoso alega que en el pleno en que fue electo Córdova Toledo, no conoció la renuncia de Gamboa López como se señaló en la orden del día, como tampoco
se cumplió lo establecido en el inciso g) del artículo que a la letra dice: La convocatoria a Pleno Extraordinario será acompañada de los proyectos de resolución, que los motivaren, y se notificará a los integrantes, por parte de la instancia convocante, según sea el caso, por los medios referidos en el inciso c).
Cita las normas violadas durante el Consejo extraordinario Estatal de PRD, durante la cual asegura no se cumplieron diversas disposiciones como el que establece que: En el caso de Plenos Extraordinarios de los Consejos, Comisión Política Nacional y Comités Ejecutivos, el órgano podrá reunirse cuarenta y ocho horas después de expedida la convocatoria, pero no podrá abordar más asuntos que para los que fue convocado.
Agregó: En ese sentido al pedir una licencia y no presentar renuncia Alejandro Gamboa López, como se publicó en la Convocatoria al Consejo, a sabiendas de que ocuparía un cargo en la administración pública del estado, que es incompatible con la conducción del partido, es un acto violatorio de nuestra legalidad interna como partido, que genera incertidumbre y abre paso a una manipulación del estatuto.
La carta indica que otra violación a los estatutos, es el hecho de que el Consejo en lugar de substituir al Presidente, informó que fueron designados dos delegados especiales, nombrados por la Comisión Política Nacional, y que recayeron en Ángel Córdova Toledo y Ulises de Jesús Castañeda Cruz, quienes en los hechos fungen como Presidente y Secretario General del PRD de Chiapas.
Cuando esa facultad de nombrar delegados en los estados, es facultad del Comité Ejecutivo Nacional, apuntó Moscoso.