Exigen auditoría al líder del PAN en Guerrero por deuda millonaria
Mtro. Gerardo A. Herrera Pérez
Sin precedente la Resolución 01/2011 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) dirigida a la Secretaría de Educación Pública (SEP), relacionada con actos de discriminación indirecta en contra de niñas y niños indígenas chiapanecos al ser evaluados mediante un instrumento estandarizada que no contempló adecuadamente su contexto cultural y lingüístico, negando con ello la existencia de un marco jurídico que reconoce la pluriculturalidad, que prohíbe la discriminación y promueve expresamente su eliminación.
La Resolución es resultado de un proceso en contra de la SEP promovido por maestros de una escuela primaria bilingüe del estado de Chiapas, quienes presentaron una reclamación en el Conapred en relación a que la prueba ENLACE, toda vez que esta es aplicada en español y en términos urbanos, dificultando la comprensión de niñas y niños indígenas al no ser tomada en cuenta su lengua materna ni su contexto cultural, la forma de vestir, de expresarse de hablar o de entender el mundo incluso.
Por su parte la SEP aportó elementos e información al proceso de reclamación que se siguió en el Conapred en los que demostró que esta prueba no debía ser traducida a las lenguas originarias, pues lo que mide es el avance en español y en matemáticas, pero si debía tomar en cuenta una serie de factores culturales y condiciones del sistema educativo para evitar que las condiciones de desventajas continúen y se agraven aún más (a la fecha estas pruebas ya han sido modificadas adicionando reactivos con enfoque intercultural).
Con esta Resolución, que se expresa en 51 cuartillas, con 14 resolutivos y conclusiones es que la SEP, en coordinación con otras autoridades federales y estatales, realice acciones efectivas y eficaces que de manera progresiva garanticen a los niños y niñas indígenas del país una formación educativa integral y en condiciones de igualdad con el resto de la población. De igual manera se busca evitar cualquier tipo de discriminación, directa o indirecta, promover el fortalecimiento de las lenguas indígenas y sus variantes lingüísticas, y que se privilegie el interés superior de la infancia indígena, a través de la adopción de medidas progresivas que permitan el respeto a la diversidad cultural.
La Resolución de mérito ya fue aceptada por la SEP; entre sus resolutivos se encuentra llevar a cabo acciones que combatan de manera consistente y efectiva las condiciones de desventaja y desigualdad que existen entre la infancia indígena en relación a la no indígena.
Sin duda alguna, desde Michoacán las cuatro etnias (Purepecha, Nahua, Otomi y Mazahua) tendrán mayores oportunidades para alcanzar la pluralidad e inclusión, toda vez que las políticas públicas para la educación tendran un enfoque intercultural, de equidad de género, de derechos humanos y de no discriminación. Nuestras felicitaciones al CONAPRED, bienvenida la Resolución.
envío el link de la resolución:
1) http://www.conapred.org.mx/redes/userfiles/files/RD_VP_01_2011.pdf