Falsos inspectores ya habían sustraído tortugas del CUCosta: Profepa
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 2 de diciembre 2021.- De acuerdo con el Código Civil de San Luis Potosí, si un objeto obstruye el libre tránsito en la vía pública, cualquier ciudadano puede hacer la denuncia o la recolección y entregarlo a las autoridades, pues en el capítulo IV, articulo 721 menciona que se dejan objetos abandonados o se desconoce el dueño de los mismos, estos son denominados Bienes Mostrencos y si el hallazgo de los mismos se considera en despoblado, deberán ser entregados en a la autoridad municipal o la más cercana. Se cuenta con un plazo de un mes para hacer el reclamo del objeto y se fijarán avisos en los sitios públicos del Municipio, anunciando que, de no ser reclamado, será puesto en venta. En caso de que el mismo no pueda ser conservado por el reclamante, se le será reembolsado el costo del mismo. Si al finalizar el plazo de un mes, no hay un dueño declarado por la autoridad competente, el objeto se pondrá en venta y una cuarta parte del valor se entregará a quien hizo el hallazgo y lo restante se destinará a la causa que designe el gobierno. Si por alguna razón extraordinaria, la autoridad decide no vender el objeto en cuestión también se entregará una parte del costo a quien halló el objeto.