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OTHÓN POMPEYO BLANCO, QRoo, 9 de julio de 2020.- A partir de este jueves queda establecido el uso obligatorio de cubreboca para andar en la calle así como restricciones en el tránsito vehicular y en motocicleta en Chetumal ya que de lo contrario los infractores serán sujetos a una sanción que podría ir desde una multa hasta arresto por 36 horas. Lo anterior, tras haber entrado en vigor el acuerdo mediante el cual se dictan medidas de seguridad sanitaria para la prevención y el control de la propagación del covid emitido por el ejecutivo en un intento por disminuir la incidencia de propagación de la enfermedad en la capital del Estado. Este acuerdo establece la aplicación de sanciones administrativas, amonestaciones con apercibimiento, multas y en su caso arresto hasta por 36 horas a la persona que interfiera o se oponga a la implementación de las medidas de seguridad sanitaria o qué en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad competente provocando con ello un riesgo a la salud de las personas, lo anterior sin perjuicio de las demás penas y sanciones que correspondan conforme a la ley de aplicable a la materia. Además establece el uso obligatorio de cubrebocas para todas las personas que se encuentran fuera de su domicilio y a bordo de los vehículos destinados al servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus clasificaciones y modalidades. El acuerdo también establece restricciones en cuanto a la movilidad al establecer que los vehículos de servicio privado de transporte de uso particular podrán desplazarse con un máximo de cuatro personas a bordo, incluyendo el conductor; las motocicletas podrán desplazarse con un máximo de un pasajero a bordo. Asimismo, los vehículos dedicados al servicio público de transporte de pasajeros en la clasificación de automóviles de alquiler en las modalidades de sitio específico y ruletero podrán desplazarse con un máximo de tres pasajeros a bordo incluyendo el conductor; los vehículos dedicados al servicio público de transporte de pasajeros en la clasificación de automóviles de alquiler en las modalidades de taxi colectivo podrán desplazarse con el 50 por ciento de capacidad máxima de pasajeros y el incumplimiento de las medidas se considera como infracción