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CIUDAD DE MÉXICO, 1 de junio de 2019.- Al reconocer la labor de madres y padres como garantes de los derechos de sus hijas e hijos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo un llamado a los padres de familia a aplicar métodos de crianza positiva sin violencia que fortalezcan su autoestima e impulsen su desarrollo feliz y pleno.
Además, el organismo destacó el deber del Estado mexicano de generar políticas públicas y programas para apoyar a todas las madres y padres a cumplir sus obligaciones mediante la implementación y ampliación de políticas y servicios de asistencia familiar, como los centros de cuidado y atención integral infantil que permiten a madres y padres incorporarse al mercado laboral, y hacer efectivos los derechos de la niñez a la educación, salud, juego, y a vivir en condiciones de bienestar, como la base de su desarrollo integral.
Para esta Comisión Nacional, esos servicios deben ser eficaces y eficientes, además de estar disponibles para mujeres y hombres sin discriminación, para que puedan compartir por igual las responsabilidades laborales, del hogar y las concernientes al cuidado, educación y crianza de sus hijas e hijos, en tanto que madres y padres son la primer guía de comunicación y relación para sus hijas e hijos, de ahí la importancia que inculquen habilidades socioemocionales para resolver conflictos, modelos libres de estereotipos de género y fomenten en ellos el respeto hacia todas las personas y el cuidado del ambiente, promuevan el desarrollo de su autoconfianza, independencia, responsabilidad, interacción social y la motivación por aprender, opinar y participar.
En ocasión del Día Mundial de las Madres y los Padres –1 de junio—, este Organismo Constitucional Autónomo subraya que es fundamental educar con el ejemplo, establecer reglas claras simples y no contradictorias, abandonar la disciplina basada en premios y castigos y sustituirla por método de acto-consecuencia que permitan a las niñas, niños y adolescentes percatarse del impacto de sus acciones, asumir responsabilidad por las mismas y, paulatinamente, aprender a tomar decisiones asertivas que contribuyan a la realización de sus proyectos de vida.
De acuerdo con datos del INEGI de 2017, del total de la población en México 48.7 millones son mujeres de 12 y más años, de las cuales 32.7 millones son madres, y de ellas el 19.6 por ciento tiene un solo hijo o hija; el 26.7 por ciento tiene dos; el 22.5 por ciento tiene tres; 11.5 por ciento es madre de cuatro y 19.7 por ciento tiene cinco o más.
Asimismo, 28 de cada 100 mujeres ejercen su maternidad sin pareja; 7 de ellas son madres solteras y 21 están separadas, viudas o divorciadas.
De las madres de 15 años y más, 43.4 por ciento tiene empleo; 63.7 por ciento de las mujeres ocupadas y con hijos son trabajadoras subordinadas y remuneradas; 26.6 por ciento trabaja por cuenta propia y 7 por ciento son mujeres ocupadas que no reciben remuneración por su trabajo; solo el 2.7 por ciento de las mujeres que son madres y están ocupadas son empleadoras.
De acuerdo con el mismo INEGI y el CONAPO, 21 millones de padres viven con sus hijas e hijos; 20 millones viven en pareja y con sus hijas e hijos; 259 mil están separados o divorciados; 42 mil son padres solteros y 495 mil son viudos.
Ya sea por separación, divorcio, abandono, viudez o elección propia, muchos hombres están al cuidado de sus hijas e hijos y enfrentan distintos retos, al igual que las mujeres, al compaginar su rol como proveedores con el de cuidadores, ya que ello no solo depende de la persona sino también de las facilidades que otorga el entorno.
En México, existe un número importante de padres y madres adolescentes quienes no por ese hecho, pierden su condición de personas menores de edad.
En esos casos, el Estado está obligado a proporcionarles una protección reforzada que les permita hacer frente a sus responsabilidades parentales y apoyarlos para que su maternidad o paternidad no limite sus oportunidades de desarrollo.
La CNDH recuerda que madres y padres tienen obligaciones concretas establecidas en distintas normas, como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyo artículo 103 precisa que madres y padres deberán garantizar sus derechos alimentarios, el libre desarrollo de su personalidad y ejercicio de sus derechos, así como registrarlos al nacer, asegurar su acceso a la educación y a la salud, educarlos en un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia, e impartir orientación y dirección apropiada conforme a su edad y grado de madurez, sin que ello justifique limitación, vulneración o restricción alguna en el ejercicio de sus derechos.