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CIUDAD DE MÉXICO, 23 de abril de 2019.- Por unanimidad de 112 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó una reforma integral para reconocer y estipular en las leyes vigentes los derechos laborales de las personas trabajadoras del hogar, los cuales a la fecha se habían mantenido en un vacío legal del que se aprovechaban patrones para no incluirlas dentro de la seguridad social.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia, abundó que la legislación actual no prevé disposición sobre seguridad, higiene, riesgos o accidentes de trabajo, toda vez que no obliga a la regulación laboral a través de la firma de un contrato.
El senador de Morena indicó que tampoco señala norma alguna sobre el descanso y la jornada laboral, ni establece vacaciones ni aguinaldo y aunque señala que se debe determinar un salario mínimo profesional para el sector, hasta el momento no ha ocurrido.
La reforma a diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de personas trabajadoras del hogar prevé el derecho que tiene la persona que se dedica a las labores domésticas y de cuidado del hogar para solicitar el reconocimiento de sus derechos.
El líder minero subrayó que resulta impostergable hacer visible dicha situación y sumar esfuerzos para dignificar el trabajo doméstico, pues no se debe olvidar que a través de éste, más de 2.3 millones de mexicanas logran sacar adelante a sus familias.
Por su parte, la presidenta para la Igualdad de Género, Martha Lucía Mícher Camarena, dedicó su intervención a empleadas domésticas que le permitieron salir a trabajar mientras cuidaron de su casa y criaron a sus hijos. Incluyó a hombres que realizan labores remuneradas en el espacio doméstico como: choferes, jardineros, plomeros, mayordomos, por citar ejemplos.
De acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indicó que los hombres de este sector gozan de mejores condiciones laborales que sus contrapartes mujeres. Por ejemplo, detalló que tres de cada 10 hombres que se dedican al empleo doméstico percibe hasta dos salarios mínimos.
Por el contrario, en las mujeres la proporción aumenta a cuatro de cada 10 y mientras que 83.2 por ciento de hombres no tiene acceso a servicios de salud, en las mujeres es en 98 por ciento.
De cada mujeres ocupara en el trabajo doméstico remunerado, seis cumplen jornadas menores de 40 horas a la semana; en tanto, siete de cada 10 hombres labora 40 horas o más a la semana.
El 16 de junio de 2011, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio 189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, acuerdo destinado a mejorar sus condiciones de empleo, particularmente de aquellas que residen en el hogar de las personas empleadoras.
Aun cuando el Estado mexicano no ha ratificado dicho Convenio, la Ley Federal del Trabajo regula este trabajo especial bajo un régimen desigual y considerado discriminatorio, ante la falta de un marco legislativo adecuado.