Noche violenta en Culiacán: ataques armados y vehículos incendiados
TAPACHULA, Chiapas, 11 de noviembre de 2015.- El gobierno de México a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, estableció como Medida de Aplicación inmediata, retirar a todos los menores de edad de origen guatemalteco de los centro de trabajo, – plantaciones de café- en virtud de que dicha actividad no es apta ni segura, de acuerdo a la Legislación Laboral vigente.
En un documento que obra en poder de Quadratín Chiapas, firmado por el representante de la Secretaría del Trabajo Y Previsión Social, Edgar Eduardo Largher Cruz señala:” De dicha revisión se pudo constatar la presencia de entre 50 y 80 menores de edad de nacionalidad guatemalteca, todos ellos acompañados de su padre o madre, por lo que no fue necesario poner a los menores a disposición del Instituto Nacional de Migración y del sistema estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)”
Respecto a los puntos revisados, la plantación cafetalera no pudo acreditar el cumplimiento a prácticamente ninguna de las disposiciones normativas, por lo que se abrió debidamente el expediente a efecto de emplazarle en los términos de nuestro Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones, para que en el término estipulado el patrón manifieste lo que a su derecho convenga y en su caso iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador
Dentro de los 52 puntos que consta el informe de la inspección en la finca cafetalera, sobresalen del 13 al 30, por lo que se reproducen en forma textual
13 prohibir la utilización de mujeres en estado de gestación para labores peligrosas insalubres, que puedan poner en riesgo el producto de la concepción Todo el centro de trabajo
14 Prohibir la utilización de mujeres en periodo de lactancia para labores peligrosas o insalubres, que puedan poner en riesgo la vida y salud del lactante Todo el centro de trabajo
15 Prohibir la utilización de menores de dieciséis y mayores de quince años, en labores peligrosas e insalubres que puedan poner en riesgo la vida, desarrollo, salud física y mental de los trabajadores Todo el centro de trabajo
16 Prohibir que se realice carga manual de materiales con pesos de más de 7 kg. A trabajadores varones menores de 18 años, que demanden esfuerzo físico moderado o pesado; posturas forzadas, o con movimientos repetitivos que alteren su sistema músculo esquelético Todo el centro de trabajo
17 Mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal para que los preste Casco de finca
18 Designar por parte del patrón un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo Todo el centro de trabajo
19 Establecer de acuerdo con las actividades del centro de trabajo, sistemas higiénicos de agua potable, lavabos, regaderas, vestidores y casilleros, así como excusados y mingitorios dotados de agua corriente, separados los hombres y mujeres y marcados con avisos o señales que los indiquen Todo el centro de trabajo
20 proporcionar el equipo de protección personal adecuado al personal que labora en el centro de trabajo BENEFICIO SECO, BENEFICIO HUMEDO, CAMPO AGRICOLA
21 informar a los Trabajadores con Discapacidad los Riesgos y las medidas de seguridad por adoptar en su área de trabajo Todo el centro de trabajo
22 Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación delas áreas donde realizan sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas para el servicio de los trabajadores. Todo el centro de trabajo
23 Constancias de habilidades del personal capacitado y adiestrado para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, con base en las indicaciones, instrucciones o procedimientos del fabricante. BENEFICIO SECO, BENEFICIO HUMEDO, CAMPO AGRICOLA
24 capacitar al personal designado para brindar los primeros auxilios Todo el centro de trabajo
25 prohíbir a los trabajadores que realicen actividades al aire libre, cuando se presentan tormentas eléctricas Todo el centro de trabajo26Informar a todos los trabajadores sobre los riesgos a que están expuestos en las actividades agrícolas que desarrollan Todo el centro de trabajo
27 Contar con constancias que capacita y adiestra a los trabajadores que manejan maquinaria o equipo agrícola BENEFICIO SECO, BENEFICIO HUMEDO, CAMPO AGRICOLA
28 Contar con registro de las pláticas impartidas sobre la prevención de riesgos en el uso de maquinaria, equipo y herramientas y de los trabajadores participantes Todo el centro de trabajo
29 Contar con registro de las pláticas impartidas sobre uso y mantenimiento del equipo de protección personal y de los trabajadores participantes. Todo el centro de trabajo
30 Contar con registro de las pláticas impartidas sobre la atención de emergencias y primeros auxilios