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De acuerdo con un comunicado, el Pleno revocó, por mayoría, la amonestación pública que fue impuesta al partido político por el órgano jurisdiccional, al considerar que no existe congruencia entre la falta cometida, la cual violentó el modelo de comunicación política previsto en la Constitución, y la sanción aplicada.
Al respecto, el magistrado Manuel González Oropeza dijo que no se debe analizar aisladamente la conducta del partido político, ya que es público y notorio que desde septiembre de 2014 sus promocionales, aunque con distintos legisladores, fueron utilizados para emitir los mismos mensajes al electorado. “Esto, evidentemente impacta el ánimo de cualquier votante, dada la periodicidad, lo sistemático, pareciera que es toda una estrategia publicitaria”, apuntó.